La acelerada incorporación de tecnologías basadas en inteligencia artificial ha transformado de manera significativa la forma en que se toman decisiones, se administran los datos y se configuran relaciones jurídicas.
Este fenómeno, de creciente impacto en la vida cotidiana, plantea desafíos relevantes para los sistemas normativos, que no siempre logran acompañar su evolución.
En este contexto, el derecho positivo vigente no resulta suficiente para regular el fenómeno masivo derivado del uso creciente de la inteligencia artificial. Problemas tales como la difusión de información e imágenes falsas, la automatización de decisiones y el impacto directo en derechos individuales evidencian las limitaciones de los marcos normativos tradicionales frente a esta nueva realidad tecnológica.
Como respuesta a estos desafíos, el artículo 74 de la Ley N° 20.212 dispuso: “Atribúyese a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y el Conocimiento (AGESIC) el cometido de diseñar y desarrollar una estrategia nacional de datos e inteligencia artificial basada en estándares internacionales, en los ámbitos público y privado. En todo lo que respecta al tratamiento de datos personales, será preceptiva la actuación conjunta con la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP)…”. En este sentido, se asigna a AGESIC la responsabilidad de diseñar e implementar estrategias en materia de datos e inteligencia artificial.
En este marco, en noviembre de 2024 se aprobó la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial 2024–2030, liderada por la Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC), como instrumento institucional orientado a abordar los desafíos que plantea el desarrollo de estas nuevas tecnologías.
Dicha estrategia tiene como finalidad regular para entender, fomentar y brindar garantías en cuanto al uso de la inteligencia artificial, para que este sea utilizado de forma ética, responsable y segura.
Atales efectos, establece principios rectores y se estructura en torno a tres ejes fundamentales:
- Gobernanza: procura establecer un marco de gobernanza que garantice el desarrollo y uso ético, responsable y seguro de la IA, asegurando una institucionalidad adecuada, marcos regulatorios claros y procesos eficientes.
- Capacidades: apunta al desarrollo de condiciones y competencias nacionales que permitan fomentar la innovación y la aplicación de estas tecnologías.
- Desarrollo sostenible: promueve la utilización de la inteligencia artificial como herramienta estratégica para el crecimiento económico, el fortalecimiento del sector privado, y la mejora de los servicios públicos.
En este sentido, el articulo 75 de la Ley N° 20.212 dispone la promoción de entornos controlados de prueba con el objetivo de implementar proyectos tecnológicos innovadores en ámbitos específicos, en coordinación con las entidades interesadas.
Si bien el ordenamiento jurídico uruguayo ya cuenta con la Ley N° 18.331 de protección de datos personales, la cual regula el tratamiento de datos y los derechos de los individuos sobre su información, dicha normativa resulta insuficiente para abordar los desafíos propios de la inteligencia artificial. En efecto, mientras la referida ley se centra en la protección de los datos, el proyecto de la AGESIC representa un avance significativo, orientándose a cubrir dicho vacío, y a abordar los riesgos derivados de sistemas de inteligencia artificial, en tanto estos no se limitan al tratamiento de información, sino que inciden directamente en la toma de decisiones que afectan derechos fundamentales.
No obstante, evidencia también una reacción tardía del derecho frente a una realidad tecnológica que ya se encuentra plenamente instalada. Esta situación genera un escenario de incertidumbre, en el que la ausencia de regulación específica obliga a los operadores jurídicos a recurrir a normas tradicionales para regular supuestos no convencionales, propios del uso de la inteligencia artificial, los cuales no fueron previstos por el legislador y no siempre encuadran adecuadamente en las soluciones jurídicas vigentes.
En definitiva, si bien el marco regulatorio proyectado aún no se encuentra consolidado, el hecho de que se esté trabajando en su regulación constituye un paso relevante para adecuar el derecho a una realidad tecnológica en constante evolución, caracterizada por su creciente impacto social y jurídico, y por la necesidad de respuestas normativas acordes a su complejidad.